Las indemnizaciones por despido y la sociedad de gananciales

Las indemnizaciones por finalización de la relación laboral recibidas por uno de los cónyuges aunque tengan la naturaleza privativa pertenecen a la sociedad de gananciales si ambos cónyuges lo convienen (artículo 1.323 del Código Civil) e igualmente lo serán si se invierten en adquisiciones conjuntas de el ámbito del artículo 1.355 del CC (Sentencia nº596/2016 del TS, Sala 1ª, de lo Civil, de 5 de octubre de 2016).

Publicación en las redes de imágenes del hijo común

La Audiencia Provincial de Pontevedra se ha pronunciado respecto a una práctica habitual hoy en día ya la que a menudo no se presta suficiente atención: el uso de imágenes de los hijos menores de edad.

Al caso en cuestión se plantea en sede de un procedimiento de divorcio en el que uno de los progenitores recaba auxilio judicial a fin de que el otro no pueda publicar fotigrafías del hijo menor en común.

La Audiencia le da la razón diciendo:

Con lo cual, de pretender el recurrido la publicación de fotos de su hijo menor en las redes sociales habrá de recabar previamente el consentimiento de la progenitora recurrente y, de oponerse ésta, podrá acudir a la vía judicial en orden a su autorización. Del modo que dispone el art. 156 CC. Teniendo en cuenta, por lo demás, lo dispuesto en el art. 4 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de, de protección jurídica del menor, que, entre otros extremos, considera intromisión ilegítima en el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen del menor «cualquier utilización de su imagen o su nombre en los medios de comunicación que pueda implicar menoscabo de su honra o reputación, o que sea contraria a sus intereses incluso si consta el consentimiento del menor o de sus representantes legales».

 
 
Virginia Delgado

El derecho es mi pasión y ejercerlo mi vocación.

 

Déjame un comentario

Su dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados *